El Arbitraje
El arbitraje, en Derecho,
es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Es una estrategia de
resolución de conflictos junto a la negociación, mediación y conciliación.
Las partes, de mutuo
acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, y que será el encargado de
resolver el conflicto. El árbitro, a su vez, se verá limitado por lo pactado
entre las partes para dictar el laudo
arbitral. Deberá hacerlo conforme a la legislación que hayan elegido las
partes, o incluso basándose en la simple equidad,
si así se ha pactado.
Cuando un arbitraje se
ajusta a la legalidad, sustituye completamente a la jurisdicción ordinaria, que
deberá abstenerse de conocer el litigio. Sin embargo, sí que será necesario
acudir a la misma (a través de la acción
ejecutiva) cuando sea necesaria la intervención de las autoridades para hacer
cumplir el laudo arbitral.
Entre las ventajas del
arbitraje se encuentran su celeridad, su flexibilidad y el hecho de que se
pueden pactar los costes con anterioridad.
Tipos de
Arbitraje
Existen dos tipos de
arbitraje:
Institucional: Es el que se lleva a cabo en una
institución generalmente con sus propias normas y con una lista cerrada de árbitros
(una modalidad de arbitraje institucional es el Sistema Arbitral de Consumo
vigente en el Estado español).
Independiente
o Ad Hoc: Es aquel en
el que las partes escogen los árbitros y las reglas que van a regir el
arbitraje.
También, y en función del
tipo de laudo que se pretenda, el arbitraje puede ser clasificado como:
En derecho: Cuando la
resolución debe estar fundamentada en criterios jurídicos (legislación y
jurisprudencia, fundamentalmente). Este tipo de arbitraje tiene el
inconveniente de beneficiar a la parte que cuente con mejores asesores
jurídicos, lo que desvirtúa la esencia del procedimiento arbitral, que implica
sencillez, rapidez, oralidad y participación directa de las partes.
En equidad: También se le
llama " en conciencia "Cuando para la elaboración del laudo se apela
al "buen saber hacer" y a la conciencia del árbitro que dirime el
conflicto. Implica que el árbitro debe ser experto en la materia objeto de la
controversia y del arbitraje.
Cláusulas del Arbitraje
Por lo general, las
partes en conflicto acuden al arbitraje, ya que se encuentra establecido en el
contrato, en una cláusula arbitral, donde se establece que las partes en caso
de conflicto se comprometen a someterse a un tribunal arbitral. A veces se
presentan problemas con la interpretación de dichas cláusulas, especialmente en
lo que respecta a la jurisdicción y al lugar del arbitraje entre otros.
La
cláusula es un convenio, por el que las partes acuerdan someterse al arbitraje,
de un árbitro determinado o de una institución arbitral, para resolver un
conflicto en materias de derecho disponible. Las instituciones arbitrales
suelen aconsejar una cláusula general que permitirá adecuar la solución del
conflicto al procedimiento previsto por la institución.
La
Sociedad Española de Arbitraje, entidad decana creadora de la primera cámara
arbitral en España recomienda la siguiente:
Las
partes intervinientes, con renuncia expresa de su fuero propio o del que
pudiera corresponderle, acuerdan someterse para cuantas cuestiones pudieran
derivarse de la interpretación, aplicación o ejecución del presente contrato al
arbitraje de la Sociedad Española de Arbitraje, que tendrá lugar conforme su
reglamento y estatutos, comprometiéndose a cumplir la resolución que recaiga en
el mismo.
Una
cláusula modelo podemos decir que es la de la Corte Internacional de Arbitraje
de la Cámara de Comercio Internacional (CCI):
Todas
las desavenencias que deriven de este contrato o que guarden relación con éste
serán resueltas definitivamente de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la
Cámara de Comercio Internacional por uno o más árbitros nombrados conforme a
este Reglamento.
Así
mismo el arbitraje puede solucionarse durante el proceso mediante la
transacción:
Método
Alterno de Solución de Controversias en el que las partes haciendo reciprocas
concesiones logran un acuerdo antes de la emisión del laudo en el que deberá
ratificarse ante el árbitro para otorgarle su eficacia jurídica, la referida
transacción podrá el árbitro darle la forma de LAUDO.
M.C. Stheel,
Maestría de MASC
Por
otra parte existen cláusulas arbitrales que otorgan distintos derechos y
obligaciones a cada uno de los contratantes. Estas "Cláusulas
Asimétricas"4 no
son perfectamente bilaterales y establecen derechos para una sola de las
partes. Algunos ejemplos de ellas se refieren a costas, gastos arbitrales,
selección de árbitros o la facultad para acudir a la jurisdicción ordinaria.
Principios
del Arbitraje
Los principios que
regulan el arbitraje son:
·
Voluntariedad:
las partes se someten voluntariamente a la decisión de un tercero.
·
Igualdad:
las partes deben ser tratadas por igual, con los mismos derechos y obligaciones.
·
Audiencia:
las partes tiene derecho a exponer sus razonamientos, ya sea por escrito o de
manera presencial.
·
Contradicción:
las partes, en concreto el demandado, tiene derecho a saber de qué se le acusa.
·
Libertad de configuración del Proceso Arbitral: las partes pueden determinar el
proceso, incluso una vez éste ya haya comenzado, si están de acuer
·
Confidencialidad: ni las partes, ni el árbitro, ni la corte (si la
hubiere) pueden hacer público lo que conozcan durante el arbitraje, ni el laudo
final. Salvo acuerdo de las partes.
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